Aislamiento estricto hasta el 17 de julio: ¿Cómo funcionarán comercios, industrias y transporte?

El presidente anunció una nueva extensión de la cuarentena, que a partir del 1° de julio será más estricta que hasta ahora. Habrá cambios en la circulación, como así también en los locales y fábricas que podrán seguir realizando sus actividades.

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El presidente Alberto Fernández anunció desde la Quinta de Olivos este viernes por la tarde el endurecimiento de la cuarentena por dos semanas que comenzará a regir desde el próximo lunes 29 de junio próximo hasta el 17 de julio inclusive, pero el 1° de julio se pondrá en funcionamiento una fase más estricta: sólo con servicios esenciales.

En su discurso, el presidente junto al gobernador de la provincia de Buenos Aires Axel Kicillof y al jefe de Gobierno porteño la Ciudad, Horacio Rodríguez Larreta coincidieron en que es necesario evitar al máximo la circulación de las personas en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), donde se detectan el 97% de los casos de Covid-19. "Cuando aumenta la circulación, el contagio es más fácil", manifestó el presidente.

Fernández argumentó que la medida de endurecimiento es a raíz del aumento de contagios y de la utilización de las camas de terapia intensiva, que según el último informe del Ministerio de Salud de la Nación alcanzaba el 48,3% a nivel nacional, pero en el AMBA ascendía al 54,1%, y particularmente en el Gran Buenos Aires (GBA), al 56,2%.

"Hay que hacer un esfuerzo enorme en el AMBA, también para ser solidarios con el resto del país. Para eso tenemos que aislarnos", expresó. De esta manera, en cuanto a las medidas concretas, habrá cambios en el funcionamiento de los comercios, en las industrias, y también en el transporte.

Las modificaciones en los comercios y actividades profesionales

A partir del 1° de julio, sólo podrán abrir sus puertas los negocios de cercanía “esenciales”, como los almacenes, farmacias, veterinarias y ferreterías, tal como sucedió en los primeros días de cuarentena, a fines de marzo.

El resto de los comercios, que paulatinamente se habían ido abriendo a lo largo de estos casi 100 días de aislamiento, deberán volver a cerrar sus puertas. "Desde el miércoles, sólo se podrá salir en búsqueda de provisiones", afirmó Fernández.

En este sentido, se restringirá la actividad presencial de aquellas que puedan realizarse mediante la modalidad de teletrabajo, incluyendo las profesiones independientes como contadores, arquitectos, escribanos, entre otros. Esto ocurrirá también con el empleo público, que en los casos que se pueda implementar, se hará de forma remota.

¿Qué industrias funcionarán?

En cuanto al rubro industrial, Fernández afirmó que se buscará que continúen trabajando las fábricas que se dediquen a productos esenciales, como así también las que están en parques industriales dedicadas a exportación y de "producción continua" y no podrán funcionar aquellas que no pertenezcan a esos sectores.

Como hasta el momento, las fábricas que sigan funcionando deberán garantizar los protocolos de seguridad y sanitarios, como así también hacerse cargo del transporte de sus empleados, que no pueden viajar en transporte público.

Los controles de circulación en el transporte

Por otra parte, desde el gobierno hicieron hincapié en el refuerzo de los controles de los certificados de circulación tanto en vehículos particulares como en el transporte público, porque este último estará destinado sólo a aquellas personas que realicen actividades esenciales.

Además, anunciaron que habrá más operativos en los ingresos a la Ciudad y a los municipios del AMBA.

Los 24 rubros que podrán circular en transporte público, que incluyen casos de fuerza mayor, serán:

  • Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
  • Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Personal de los servicios de justicia de turno.
  • Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
  • Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
  • Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
  • Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
  • Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
  • Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
  • Personal afectado a obra pública.
  • Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
  • Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
  • Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
  • Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
  • Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
  • Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
  • Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
  • Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
  • Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
  • Servicios de lavandería.
  • Servicios postales y de distribución de paquetería.
  • Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
  • Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
  • Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.

¿Y los bancos?

Una de las incógnitas que quedó abierta es el funcionamiento de los bancos: durante la semana, voceros de la presidencia afirmaron que seguirían atendiendo, pero en el anuncio oficial el tema no fue tratado. Habrá definiciones oficiales en las próximas horas, y la actividad bancaria continuaría bajo un sistema de turnos para trámites que no puedan realizarse online.