No podrán comprar dólar ahorro quienes hayan cobrado parte de su salario con el ATP

El gobierno precisó las nuevas medidas para la compra de dólar ahorro, que habían sido anunciadas el pasado 15 de septiembre por el Banco Central.

Las personas que hayan accedido al cobro de parte de su salario a través del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) no podrán acceder a la compra de dólar ahorro, informaron desde el Banco Central (BCRA).

La medida forma parte de las restricciones adoptadas a mediados de septiembre por el BCRA para limitar la venta de dólares a particulares que, entre otras, incluye a todo aquel beneficiario de programas de asistencia estatal. "Los que reciben el ATP no pueden comprar dólares", apuntaron a Télam fuentes de la autoridad monetaria que dirige Miguel Ángel Pesce.

Muchas personas advirtieron el alcance de esta restricción en horas de este martes, luego de que el lunes terminara de actualizarse en los bancos los sistemas de compra de dólar vía home banking y demás plataformas digitales, tras casi dos semanas de demoras para la aplicación de las nuevas normativas del BCRA.

Según datos de la Anses, el ATP 5, que correspondió a los salarios de agosto, alcanzó a 1,3 millones de trabajadores con una inversión $25.501 millones y en total, se calcula que cerca de 2,5 millones de personas accedieron al cobro del salario complementario en algunas de sus cinco rondas ejecutadas hasta el momento.

¿Quiénes pueden comprar dólares y quiénes no?

El 15 de septiembre el BCRA emitió una comunicación en la que detalla que aquel "beneficiario de algún plan o programa caracterizado como de ayuda social, incluyendo los subsidios de carácter alimentario" no podrá acceder al cupo de US$200 dólares para atesoramiento.

Asimismo, fijó que la adquisición de moneda extranjera sí estará disponible para los que reciban prestaciones de la seguridad social derivadas de la relación laboral, como las asignaciones familiares; tengan ingresos por estar en relación de dependencia; sean titulares de haberes previsionales; o sean trabajadores autónomos, monotributistas o de casas particulares.

"Las entidades deberán requerir documentación respaldatoria de los ingresos y/o activos del cliente y/o toda otra documentación que les permita evaluar la razonabilidad de que el cliente efectúe ahorros en moneda extranjera", detalló la comunicación de la entidad.

Por otra parte, las restricciones de acceso al dólar para atesoramiento también incluyen un recargo del 35% en concepto de retención del impuesto a las Ganancias y el cómputo de las operaciones con tarjetas de crédito en el exterior dentro del cupo de los US$200.

Tampoco podrán acceder a la compra de dólares los cotitulares de cuentas en moneda extranjera y quienes hayan refinanciado cuotas de créditos personales, prendarios e hipotecarios, el saldo de la tarjeta de crédito a 12 meses o sean deudores de préstamos hipotecarios UVA.