Luego de reuniones con las autoridades provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y referentes del Ministerio de Salud, el Ministerio de Transporte de la Nación determinó la habilitación para que circulen hasta 10 personas paradas en los servicios de transporte automotor y un pasajero por metro cuadrado en los espacios libres disponibles en el transporte ferroviario, exclusivamente en los horarios de mayor demanda.
En este sentido, los pasajeros habilitados a utilizar el transporte automotor y ferroviario continúan siendo los que tengan el Certificado único Habilitante para Circulación – Emergencia Covid 19 o exhiban el permiso emitido por la aplicación “Cuidar” en su dispositivo móvil.
Por su parte la medida, que estará vigente a partir del 13 de noviembre, obliga a las empresas que prestan los servicios a garantizar la máxima frecuencia de sus servicios, contar con una correcta ventilación en los vehículos y circular exclusivamente con pasajeros afectados a las actividades declaradas esenciales, alcanzadas por excepciones a las restricciones o personal docente, no docente y alumnado que deba concurrir a actividades académicas presenciales.
Además, desde el ministerio señalaron que "deberán extremar los recaudos para la desinfección e higiene de los vehículos" y en todos los casos tendrán que exigir el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón durante todo el viaje y en las paradas de colectivo y las estaciones.
La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) será la encargada de fiscalizar que se cumplan los requisitos y, en caso de encontrar irregularidades, podrá sancionar a las empresas.