Defensoría del Pueblo de Vicente López convoca a entidades intermedias por tarifa social

Fue a través de un comunicado en el que informaron los requerimientos para iniciar los expedientes para la tarifa diferencial, y los días y horarios para su presentación.

La Defensoría del Pueblo de Vicente López informa a todas las entidades de bien público del Partido que, de acuerdo a la respuesta brindada por la Secretaria de Políticas Tarifarias del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, se encuentra en proceso de Reglamentación la Ley 27.218 de Entidades de Bien Público.

A través de la misma, dicho Ministerio en la actualidad otorga una tarifa diferencial en los servicios de gas natural y energía eléctrica, a todas las entidades de bien público que lo soliciten y que cumplan con los extremos previstos por la normativa.

En una reunión llevada a cabo el 22 de junio en el Ministerio de Energía, la Defensora del Pueblo local, María Celeste Vouilloud, le manifestó al ministro de Energía Juan José Aranguren su preocupación ante la falta de reglamentación de la legislación vigente en materia del Régimen Tarifario Específico para Entidades de Bien Público. Según destaca el comunicado, el Ministro, ante la requisitoria, “se manifestó conforme a reglamentar la ley comprometiendo a su área de competencia a que en tres semanas se concretaría la misma”.

Hasta tanto se reglamente la legislación vigente , la Defensora del Pueblo convoca a todas estas entidades del distrito a presentarse en las oficinas ubicadas en Mariano Pelliza 1401 - 2º Piso, de lunes a viernes de 07.30 a 17 horas,  con la finalidad de plantear las correspondientes excepciones ante quien corresponda.

 

Documentación a adjuntar al momento del inicio del expediente:  3 últimas facturas de servicio;  3 últimos balances; acta de designación de autoridades y Comisión Directiva; comprobante de reconocimiento legal; copia del Estatuto; nota en hoja con membrete de la Institución detallando las actividades que realiza la misma con los siguientes requisitos: Domicilio, correo electrónico, teléfonos y CUIT.

Posteriormente se le entregará a cada Entidad los formularios requeridos por los Entes Reguladores que deberán ser suscriptos por el representante de cada entidad que tendrá carácter de Declaración Jurada.