La Justicia frenó emprendimientos inmobiliarios sobre humedales del Delta y el Río Luján

    La jueza federal Arroyo Salgado clausuró el emprendimiento “Venice”, suspendió el avance de “Remeros Beach” y las autorizaciones de nuevas urbanizaciones sobre la cuenca del Río Lujan. También pidió investigar obras no debidamente autorizadas que impacten sobre humedales.

    En una medida en consonancia con los numerosos reclamos de vecinos y organizaciones ambientalistas en defensa de los humedales y de los vecinos asentados en barrios bajos, afectados por el relleno de los mismos, la Jueza titular del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de San Isidro N°1, Dra. Sandra Arroyo Salgado, resolvió la clausura preventiva del emprendimiento “Venice Ciudad Navegable” de la  firma “Marinas Río Luján S.A.”, ubicado en la intersección de la calle Solís y las Vías del Tren de la Costa, en Tigre. Días atrás, el mismo juzgado había ordenado a la Provincia de Buenos Aires y al Municipio de Tigre, garantizar servicios básicos para el barrio Garrote, lindero al empredimiento "Venice" y, según las reiteradas denuncias de los vecinos, afectado por el desarrollo del mismo.

    La medida de Arrroyo Salgado también refiere al emprendimiento “Remeros Beach”  de la empresa “Vizora Desarrollos Inmobiliarios”. En este caso, la jueza indicó a la Municipalidad de Tigre que dicho emprendimiento no podrá comenzar su ejecución hasta tanto cuente con las habilitaciones correspondientes. En relación a este emprendimiento, semanas atrás, se realizó una audiencia pública por este emprendimiento, donde vecinos y ambientalistas indicaron irregularidades en este desarrollo y pidieron su suspensión.

    Además Arroyo Salgado ordenó  a las Municipalidades  incluidas en la planicie de inundación del Río Luján y del Delta del Paraná (Vicente López, San Isidro, San Fernando, Tigre, Luján Exaltación de la Cruz, Campana, San Andrés de Giles, General Rodríguez, Mercedes, Suipacha, Pilar, Escobar, Moreno José C. Paz, San Antonio de Areco), y al Organismo Provincial Para el Desarrollo Sostenible (OPDS)  que hasta tanto se obtengan las conclusiones del estudio pericial ordenado por el juzgado, se abstengan de autorizar la construcción de nuevos emprendimientos o ampliaciones de los ya existentes que impliquen tareas de endicamiento, embalses, polders, dragados, refulados, excavaciones, creación de lagunas, derivación de cursos de agua, modificación de costas, desagües naturales, cotas en superficies asociadas a valles de inundación, cursos de agua o ambientes isleños.

    Finalmente se ordena a la OPDS que verifique en el territorio comprendido por la Municipalidades de Vicente López, San Isidro, San Fernando y Tigre, si existen emprendimientos urbanísticos que hayan iniciado cualquier tipo de obra que para su construcción ha sido necesario realizar trabajos de dragado, rellenado, terraplenado, perfilado de costa por tablestacado, excavaciones, desmontes de vegetación, cierres de desagües naturales y apertura de nuevos cursos de agua,  y que a la fecha no cuenten con la totalidad de las autorizaciones necesarias para ello.

     

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