¿Quiénes pueden solicitar la tarifa social para el servicio de agua de AySA?

El trámite puede hacerse de manera virtual o presencial. También habrá una instancia para que los usuarios que se ubican en los niveles "alto" y "medio", que perderían subsidios, puedan acceder a un registro para mantenerlos.

canilla de agua

Tras al anuncio sobre la nueva segmentación de subsidios para tarifas de gas, luz y agua, que dejó algunas dudas en cuanto a su modalidad de implementación, una de las inquietudes tuvo que ver con el acceso a la Tarifa Social de AySA, que permitirá tener bonificaciones en el pago del servicio.

De acuerdo a lo comunicado por la presidenta de la empresa estatal, Malena Galmarini, la nueva segmentación se aplicará a partir de noviembre y estará dividida en tres zonas: alta, media y baja. Los usuarios residenciales y baldíos localizados en zonas calificadas como altas tendrán una eliminación del subsidio de manera directa desde el 1° de noviembre de 2022. En este nivel se incluye a los barrios cerrados.

En el caso de los usuarios residenciales y baldíos localizados en zonas calificadas como medias tendrán una reducción del subsidio en tres fases:

  • Etapa 1: Subsidio del 40% desde el 1° de noviembre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022
  • Etapa 2: Subsidio del 20% desde el 1° de noviembre de 2022 y hasta el 28 de febrero de 2023
  • Etapa 3: Eliminación del subsidio desde el 1° de marzo de 2023

También verán una reducción en tres fases del beneficio los usuarios residenciales y baldíos localizados en zonas calificadas como bajas:

  • Etapa 1: Subsidio del 45% desde el 1° de noviembre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022
  • Etapa 2: Subsidio del 30% desde el 1° de noviembre de 2022 y hasta el 28 de febrero de 2023
  • Etapa 3: Subsidio del 15% desde el 1° de marzo de 2023 y hasta junio de 2023.

Programa de Tarifa Social

Durante el anuncio, la presidenta de AySA indicó que ante esta situación se buscará fortalecer el programa de Tarifa Social e incrementar la "difusión del programa y se facilitará el acceso al mismo desarrollando operativos especiales de asistencia para la inscripción de los usuarios en el territorio".

El acceso al programa de tarifa social requiere en los hogares unipersonales un ingreso neto (ingreso menos gastos de salud y vivienda) inferior a 2 jubilaciones mínimas ($86.630 a septiembre de 2022), agregándose un ingreso adicional equivalente a una jubilación mínima por cada integrante adicional del hogar. El monto máximo de ingreso neto para acceso al programa será en septiembre de 2022 de $216.575.

Los usuarios que cumplan este requisito podrán solicitar la tarifa social de manera online en la página web del Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS) completando un formulario virtual (INGRESAR ACÁ). Las consultas se realizan mediante WhatsApp al 1133236738 o por mail a [email protected]

Además, en caso de requerir atención presencial, el trámite podrá hacerse en cualquiera de las oficinas que tiene AySA en la Ciudad de Buenos Aires y el conurbano bonaerense (VER DIRECCIONES).

Cómo mantener el subsidio

Como medida adicional para aquellos usuarios residenciales ubicados en las áreas calificadas como “altas” o “medias” que, sin cumplir los requisitos de acceso al programa de tarifa social, requieran mantener una parte de su factura por servicios de agua y o saneamiento con subsidio del Estado Nacional, se propone la instrumentación de un “Registro para el mantenimiento del subsidio”.

Dicho registro permitirá mantener el nivel de subsidios correspondiente al segmento “Bajo” para los usuarios y usuarias residenciales que reúnan alguna de las siguientes condiciones, considerando en conjunto a los y las integrantes del hogar:

  1. Ingresos netos menores a un valor equivalente a DOS (2) Canasta Básica Total (CBT) para un hogar 2 según el INDEC
  2. Integrante del hogar con Certificado de Vivienda (ReNaBaP)
  3. Domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado en RENACOM;
  4. Al menos un o una integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur;
  5. Al menos un o una integrante posea certificado de discapacidad expedido por autoridad competente y, considerando a los y las integrantes del hogar en conjunto, tengan un ingreso neto menor a un valor equivalente a TRES (3) Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar Tipo 2 según el INDEC.

Asimismo, aun cuando cumpliesen alguno de los criterios mencionados arriba, no podrán acceder al beneficio de mantenimiento del subsidio los hogares que:

  1. Sean propietarios o propietarias de DOS (2) o más inmuebles, considerando a los y las integrantes del hogar en conjunto, o
  2. Sean propietarios o propietarias de UN (1) vehículo de hasta TRES (3) años de antigüedad, excepto los hogares donde exista al menos un o una conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).

El beneficio podrá solicitarse en cualquier momento y tendrá un año de vigencia. Su eventual renovación y posible asimilación para su incorporación al Programa de Tarifa Social, deberá ser considerada en la respectiva reglamentación que el Ente Regulador establezca.

Para consultas, los usuarios pueden comunicarse telefónicamente de manera gratuita al 0800-222-2929, de lunes a viernes de 8 a 18 horas.