Se reglamentó la prohibición de la tracción a sangre en Tigre

La normativa, publicada en el Boletín Oficial, establece cómo se llevará el proceso de adecuación en el distrito para terminar con el maltrato animal. También refiere a las sanciones que tendrán los propietarios y a cómo se reemplazarán los animales que hoy se usan para las tareas de tracción.

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En Tigre se dio un paso importante contra el maltrato y la explotación contra los animales. Días atrás, el Concejo Deliberante (HCD) votó por unanimidad el proyecto de ordenanza que tiene como objetivo ponerle fin a la tracción a sangre en todo el distrito, y este jueves, se publicó en el Boletín oficial local se publicaron los detalles de cómo se llevará adelante esta medida.

Según el texto de la ordenanza, se establece la creación del Programa de Sustitución y abolición de vehículos de tracción a sangre animal en todo el ámbito del distrito "a fin de lograr la paulatina prohibición de circulación de los mismos en un lapso máximo de hasta 24 meses, con la finalidad de llegar a la prohibición total de la utilización en todas sus formas de animales en la tracción de vehículos".

Además, indica que los animales que sean entregados voluntariamente o retirados a los infractores serán "trasladados por medios adecuados provistos por el municipio, para finalmente ser alojados transitoriamente en un espacio que deberá contar con todo lo necesario (instalaciones, equipamiento, seguridad) para su adecuada permanencia y atención veterinaria y serán evaluados por una entidad de protección animal especializada y perfectamente constituida que constate las condiciones de resguardo".

El plazo máximo para la implementación del programa es de un año a partir de la sanción de la ordenanza y en el transcurso de dos años se debe realizar "el reemplazo completo y definitivo de los vehículos a tracción a sangre animal, entrando en plena vigencia la abolición definitiva de la tracción a sangre animal".

En cuanto al reemplazo de los caballos o animales de tracción por otros medios que permitan realizar este tipo de tareas, la ordenanza establece que se deberán entregar "otros medios que ofrezcan una alternativa laboral superadora (motocarros, zootropos, bici carros, carros eléctricos, etc), dentro del plazo acordado de 24 meses".

Ante el posible incumplimiento de la normativa, se aplicará una multa de 2 salarios mínimos para el infractor o propietario y el doble de la misma en caso de reincidencia. "Tanto el animal como el vehículo que tracciona serán retirados de la vía pública para ser remitidos al espacio destinado a tal efecto con los medios adecuados, por parte del personal de Tránsito Municipal, con auxilio de la Fuerza Pública", concluye la ordenanza.

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