| San Isidro | Lo determinó ayer el Juez en lo Contencioso y Administrativo Nº 1 de La Plata. Es por negarse a explicar sus afirmaciones en el Concejo Deliberante de su distrito, donde dijo que en la inundación del 2 abril hubo 360 muertos.
Posse abriendo la sesión del HCD este año. |
La Justicia Contencioso Admninistrativa de La Plata multó al intendente de San Isidro, Gustavo Posse, con 80 mil pesos, por su “evidenciada reticencia” a responder los pedidos de informes en los que se le exige aclarar sus dichos sobre la inundación en La Plata, en la que, dijo, hubo “360 muertos”.
Lo resolvió en las últimas horas el juez Luis Arias, quien lleva adelante la investigación judicial sobre la cantidad de víctimas fatales de la inundación y, quien a principios de año, determinó mediante sentencia, 89 muertos y 17 casos dudosos a causa del evento climático.
Ayer, ante al consulta de un medio platense, el intendente de San Isidro, ratficó, de manera confusa, su versión de 360 fallecidos, y sostuvo que ya le había respondido al juez Arias. "Se habrá confundido de causa", destacó.
No obstante, el magistrado desechó esa versión y recalcó “que al día de la fecha no se ha recibido formalmente respuesta alguna a los citados requerimientos”, por lo que, dijo, se demuestra “claramente la falsedad de las declaraciones públicas formuladas por el Intendente de San Isidro”.
Para Arias, la negación de Posse “evidencia un comportamiento reñido con elementales deberes de buena fe y colaboración con la tarea jurisdiccional, que además de haber provocando un dispendio jurisdiccional injustificado resulta agravada por la condición de funcionario público que reviste el testigo”.
Según expuso en la resolución, el jefe comunal fue notificado por primera vez el 7 de abril de este año de una citación, junto a un pedido de informes. Al no haber respuestas, se libró un “oficio reiteratorio” el 15 de mayo, “una vez vencido el plazo conferido en el oficio judicial, y en atención a la importancia de aquel testimonio”.
De todas maneras, Arias destacó que la multa “no impide, por su especialidad, el reproche que en sede penal debe efectuarse por la presunta comisión de delitos de acción pública en que hubiere incurrido la autoridad con su conducta”.
Resaltó, a la vez, que en la valoración de la multa tuvo en cuenta la “reticencia evidenciada” a prestar declaración y responder “las órdenes judiciales impartidas”, así como también que haya “falseado públicamente la realidad de lo acontecido en la causa judicial”.
Por otro lado, el magistrado ordenó dirigir una copia al Concejo Deliberante de San Isidro a fin de que el cuerpo de concejales “adopten las medidas que crea correspondientes”
“La resistencia y el desdén hacia los mandatos impartidos, que exhibe el funcionario requerido (con el agravante de ostentar el cargo de Intendente Municipal), socava la legitimidad de la función jurisdiccional a mi cargo y frustra en definitiva toda la investigación que se esta llevando a cabo respecto de la actuación estatal”, argumenta Arias en el escrito.
Fuente: Infocielo