Vecinos del partido de San Martín que incursionen en el mundo del arte podrán enviar sus proyectos y actividades al Fondo de Fomento de las Artes Escénicas, que ofrece financiamiento total o parcial de programas, actividades e iniciativas artísticas.
Los postulantes podrán solicitar financiamiento para cubrir la totalidad del proyecto presentado o bien una parte o etapa específica debiendo indicarse en este caso. El proyecto presentado debe consistir en una propuesta a desarrollar en un plazo máximo de 12 meses corridos a partir de la recepción del financiamiento.
Podrán presentar proyectos personas físicas mayores de 18 años de edad con domicilio en el Partido de General San Martín y personas jurídicas sin fines de lucro o entidades de bien público o que en sus estatutos incluyan actividades culturales con domicilio legal en el partido de General San Martín. Cuando se trate de grupos u organizaciones sin personería jurídica la solicitud deberá realizarla una persona física quien quedará a cargo del cumplimiento de los requisitos y de las obligaciones sujetas al otorgamiento del subsidio.
Para la presentación de proyectos los interesados deberán descargar el formulario de presentación y de datos personales, para completarlo con la información requerida. Luego, habrá que adjuntar los formularios, siempre de manera virtual (INGRESAR ACÁ). Mientras que, por último, todo el material anexo deberá ser enviado al mail [email protected].
La fecha de recepción para los proyectos finaliza el 17 de abril.
¿Quiénes pueden presentar proyectos?
A) Compañías o grupos independientes que acrediten una trayectoria de permanencia en cuanto a producción y gestión en la actividad escénica en la ciudad de San Martín por un mínimo de 2 (dos) años ininterrumpidos.
B) Elencos, artistas o directores con proyectos puntuales para la producción y concreción de un espectáculo escénico en la ciudad de San Martín.
C) Las salas teatrales no oficiales, los espacios culturales, no convencionales o experimentales, existentes en la ciudad de San Martín, que cuenten con la habilitación correspondiente para su funcionamiento y que tengan como mínimo un setenta por ciento (70%) de su programación en días y horarios centrales destinados a las artes escénicas.
D) Las entidades o asociaciones en cuyo estatuto figuren las artes escénicas como actividad principal, con personería jurídica y con domicilio en San Martín y que presenten proyectos puntuales que favorezcan el desarrollo de las artes escénicas y su difusión.
Los proyectos presentados deberán adecuarse a las siguientes líneas de financiamiento:
A) Infraestructura y equipamiento: refacción, reforma, mejora y adecuación de salas y espacios culturales. Compra y reparación de equipamiento y accesorios técnicos para el desarrollo de actividades de las artes escénicas.
B) Eventos y espectáculos: producción, creación y realización de programación anual, programas eventuales, festivales, giras provinciales, nacionales e internacionales de grupos, elencos y creadores escénicos.
Esta línea se dividirá en dos sub-líneas:
– Sub-línea de Creación, Producción y/o Realización, para artistas y elencos que se encuentren en actividad en la ciudad de San Martín por un mínimo de dos (2) años ininterrumpidos.
– Sub-línea Trayectoria en Artes Escénicas: Ofrece financiamiento para proyectos de creación, producción y realización presentados por creadores y artistas consagrados. Los postulantes deben constituirse como un exponente destacado en las artes escénicas, con una trayectoria activa mínima de ocho años previos a la presente convocatoria, en donde sea posible identificar el reconocimiento de su creación artística (premios, distinciones, crítica, etc.) así como su participación en festivales o instancias internacionales o nacionales de relevancia disciplinar. Se podrán incorporar los antecedentes de trayectoria y excelencia del equipo de trabajo, si hubiere.
Deberán presentar como mínimo dos documentos que contengan lo siguiente: cartas de recomendación (firmadas), registro de participación en bienales o certámenes relevantes, registro de reconocimientos y premios, entre otros.
C) Difusión de actividades: comunicación y prensa, publicaciones gráficas, publicación y administración de redes sociales.
D) Proyectos sociocomunitarios: proyectos vinculados con las artes escénicas con impacto en los sectores vulnerables de la población del Partido de General San Martín.
E) Proyectos Especiales: Corredores teatrales y otras actividades escénicas. Realización de y/o participación en actividades de intercambio y/o cooperación en artes escénicas Proyectos colectivos integrados por tres o más instituciones, salas, grupos o elencos con actividad comprobable en el partido de San Martín.
Montos Máximos por proyecto por Línea de Financiamiento
Línea de Financiamiento | Personales (persona humana) | Grupos sin personería Jurídica (persona humana) | Organizaciones con personería jurídica (persona jurídica) |
---|---|---|---|
Infraestructura y equipamiento | $160.000 | $240.000 | $400.000 |
Eventos y espectáculos | |||
Sub-línea creación y/o Producción | $140.000 | $250.000 | $300.000 |
Sub-línea Trayectoria creación y/o producción | $160.000 | $280.000 | $350.000 |
Difusión de actividades | $70.000 | $70.000 | $150.000 |
Proyectos sociocomunitarios | $210.000 | $300.000 | |
Proyectos Especiales | $160.000 | $250.000 |
Importante: El monto solicitado no debe superar el monto máximo de la línea de financiamiento a la que corresponde el proyecto presentado. En caso de superar el monto máximo especificado en la convocatoria el proyecto será desestimado.
Los proyectos deberán estar acompañados con la siguiente documentación:
1) Formularios de presentación de proyecto del Fondo de Fomento de las Artes Escénicas.
2) Formulario de datos personales y del equipo de trabajo.
3) Personas físicas: Curriculum Vitae, copia del documento de identidad, CUIT.
4) Personas jurídicas: cuit, personería jurídica, estatuto de la organización, balance del último año, carpeta institucional con antecedentes de la organización.
5) Proyectos formados por grupos, elencos o proyectos colectivos que no cuenten con personería jurídica, el proyecto podrá ser presentado por una persona física que será titular del beneficio, indicando en el proyecto la conformación del grupo o elenco acompañando al mismo con información que dé cuenta de los antecedentes y/o actividades realizadas por el grupo, elenco o personas que lo conforman y que resulten de interés para la evaluación del mismo.
6) Los proyectos presentados en la sub línea Trayectoria en Artes escénicas de la línea de Eventos y espectáculos deberán presentar como mínimo dos documentos en donde sea posible identificar el reconocimiento de su creación artística (premios, distinciones, crítica, etc.) así como su participación en festivales o instancias internacionales o nacionales de relevancia disciplinar: cartas de recomendación (firmadas), registro de participación en bienales o certámenes relevantes, registro de reconocimientos y premios, entre otros.
7) Carta de compromiso del “equipo de trabajo” (si corresponde), firmada por cada uno de los integrantes incluido dentro de la postulación, donde se indique claramente su aceptación y participación dentro del proyecto postulado.
8) Presupuesto y plan de gastos detallado de la aplicación del financiamiento solicitado.
9) Los proyectos se podrán acompañar con referencias en notas de prensa, libros, publicaciones sobre su trayectoria, material audiovisual en diferentes formatos (video, libro, material gráfico, fotografías, etc.)
10) Inscripción online en el Registro Municipal de las Artes y la Cultura.
La documentación indicada desde el punto 3 al punto 9 deberá ser entrega vía mail a [email protected] hasta la fecha de cierre de la convocatoria.
¿Cómo se realiza la selección de los proyectos?
La selección de proyectos beneficiados por el Fondo de Fomento de las Artes Escénicas será realizada por el jurado nombrado para cumplir con tal función. Antes de la evaluación de los proyectos se realizará una revisión formal de los mismos, considerando que serán evaluados para su financiamiento aquellos proyectos presentados con la totalidad de la documentación requerida en el presente reglamento. La resolución del jurado es inapelable.