La Justicia condenó a 10 años de prisión a una monja por el delito de "abuso sexual gravemente ultrajante agravado" contra cinco adolescentes que convivían con ella en el Hogar de las Hermanas Trinitarias de Boulogne, en el partido de San Isidro.
La sentencia a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal 1 de San Isidro, integrado por los jueces Sebastián Urquijo, Alberto Ortolani y Gonzalo Aquino, recayó sobre María Tellez Fajardo (Sor Marina), de nacionalidad colombiana, quien se encontraba con prisión preventiva. Según el fallo al que tuvo acceso Télam, Tellez Fajardo fue encontrada culpable por ser "autora penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por tratarse de una persona encargada de la guarda y contra menores de 18 años y aprovechando la situación de convivencia preexistente, su relación de autoridad y que las víctimas no haya podido consentir libremente el accionar".
Los abusos se produjeron contra cinco adolescentes de entre 12 a 17 años durante 2017 y 2021 en el Hogar ubicado en la calle Carlos Tejedor 348. En noviembre, la querella había solicitado una condena de 15 años de prisión y la fiscalía, otra de 10.
El juez Aquino consideró en la sentencia que "lo que ha quedado probado aquí es que la imputada no protagonizó un acto aislado, fugaz, discontinuo o sorpresivo en perjuicio de sus víctimas". "Inexorablemente tal circunstancia configura una mayor ofensa a la dignidad e integridad sexual, moral y personal de las damnificadas, que sufrieron un grado de degradación o vejación superior al del abuso sexual simple", remarcó el magistrado al referirse al período de entre "2 y 5 años".
Para el magistrado, "es evidente que María Tellez Farjado actuó desde una posición de aprovechamiento de convivencia preexistente con las menores desde que eran nada menos que niñas institucionalizadas en un Hogar de la Congregación de la cual la misma era parte, y que los abusos se consumaban en la propia casa - Hogar donde la imputada junto" a las víctimas "compartían la vida en común".
Esta situación "permitió la comisión de los hechos ventilados en el presente legajo y de la cual se valió la primera para lograr sus objetivos -que no eran otros más que satisfacer sus propios deseos sexuales- en ocasión que se encontraba a solas con las criaturas".
Una de las víctimas que en ese momento tenía 14 años, declaró en el juicio oral y público que los "cinco o seis" hechos de abuso ocurrieron en la cocina donde ella trabajaba.
De acuerdo a los declarado en el debate por la licenciada en Psicología del Centro de Atención a la Víctima de la Fiscalía General de San Isidro, Sonia Oettel, otra de las víctimas señaló que todas las jóvenes le hablaron "de la misma persona denunciada" y que los abusos se daban en la cocina del Hogar y en una dependencia que el lugar tenía por fuera dentro del mismo predio.
En uno de los casos, la adolescente, luego de sufrir dos episodios de abusos, dijo haberse sentido muy triste tras de lo ocurrido y comenzó a "autoagredirse a través de cortes en sus brazos", por lo que tuvo que ser hospitalizada.
El 12 de abril de 2022 el fiscal Marcelo Fuenzalida, titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Especializada en Violencia de Género de San Isidro, firmó el pedido de elevación a juicio de la causa por abusos sexuales contra Sor Marina. Fuenzalida hizo el pedido a la jueza Andrea Rodríguez Mentasty, titular del Juzgado de Garantías 3 de San Isidro, quien denegó el pedido de sobreseimiento solicitado por la defensa.
Tellez Fajardo estuvo cinco días en la DDI de San Isidro y después fue trasladada a la Alcaidía de La Plata N°3, donde permaneció durante seis meses en el pabellón femenino.
Por su parte, la defensa de Sor Marina, encabezada por Alejandro López Romano, manifestó que impugnará la resolución que condenó a la religiosa, "para que sea revisada por el Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires". "De esta manera, luego de analizar exhaustivamente todos los pormenores de la sentencia, buscaremos en la instancia superior, plantear que hubo inaplicabilidad de la Ley y la doctrina legal, dado que se han calificado los hechos sobre una figura más gravosa que la que representaban las denuncias", agregó el letrado.
"De hecho, uno de los tres jueces se manifestó en este sentido al plantear en el fallo la figura del abuso sexual simple, que hubiera merecido una pena sustancialmente menor", destacó López Romano. Además, enfatizó que "no se han valorado elementos probatorios objetivos que contradicen las conclusiones y razonamientos para quebrar el principio de inocencia".
Sor Marina llegó a esa residencia en mayo de 2017, entre octubre de 2020 y abril de 2021 se concretaron las primeras denuncias y fue detenida en junio de ese año. Por ese entonces, el Obispado de San Isidro emitió un comunicado en el que sostuvieron que desde octubre del año pasado, cuando se conoció el primero de los casos, "se pidió a las autoridades de la Congregación iniciar la investigación canónica correspondiente".
"En el mes de octubre del año pasado (por 2020), se toma conocimiento de un/a menor que denuncia en la Justicia un presunto abuso por parte de una Religiosa que vivía y trabajaba en el Hogar 'Comunidad de Hermanas Trinitarias', (perteneciente a la Congregación de las Hermanas Trinitarias), con sede en Boulogne", explicaba el comunicado difundido por el Obispado y agregaba que "en ese mismo momento se pidió a las autoridades de la Congregación iniciar la investigación canónica correspondiente".
En ese sentido, señalaron que "al percibir una demora en el inicio de la actuación por parte de la mencionada Congregación, el Obispado decidió de oficio comenzar el proceso". Además, indicaron que "en el mes de abril de 2021 se efectúa en la Justicia una denuncia por parte de otro/a menor, a lo cual también se inicia el proceso canónico correspondiente. Asimismo, se exhortó a la Congregación a separar del Hogar a quienes fueron denunciadas mientras dure la investigación".