El Gobierno Nacional oficializó la derogación de la cédula azul, conocida como "Cédula de Identificación para autorizado a conducir". Este documento, que permitía a los titulares de vehículos autorizar a terceros para su manejo, fue considerado por el Ejecutivo como carente de sustento y aplicación prácticos, especialmente tras el establecimiento del no vencimiento de las Cédulas de Identificación (cédula verde) por el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023.
La derogación de la cédula azul entra en vigor inmediatamente y, como reemplazo, se determinó que la Cédula Verde no tendrá fecha de vencimiento. Esto implica un cambio significativo en los procedimientos relacionados con la conducción y la propiedad de vehículos en el país desde este lunes 13 de mayo.
A partir de esta medida, se expedirá una cédula verde original en diversos trámites, tales como la inscripción inicial, transferencias, comunicaciones de recupero, cambios de radicación o domicilio, entre otros casos específicos. Tanto la versión física como la digital de estas cédulas estarán disponibles, siendo la versión física retirada en el legajo del dominio y la digital accesible a través del "Perfil Digital del Ciudadano" en la aplicación "Mi Argentina".
La DNRPA no expedirá la cédula en ciertos casos, como la falta de titularidad del peticionario, denuncias de robo o hurto sin recupero, órdenes judiciales o administrativas que prohíban la circulación del vehículo, entre otros.
Además, se establece que las Cédulas de Identificación del Automotor y del Motovehículo no caducarán mientras no haya cambios en la titularidad del vehículo, salvo en casos específicos donde se determine un plazo de vigencia. Los duplicados de estas cédulas podrán ser solicitados y expedidos electrónicamente para titulares registrados como personas humanas y se emitirán sin fecha de vencimiento, a menos que una norma vigente fije un plazo determinado.
Las cédulas verdes emitidas anteriormente y que contengan una fecha de vencimiento en su formato físico, así como las cédulas azules ya emitidas, seguirán siendo válidas hasta que sean revocadas por el solicitante.
En cuanto a la documentación necesaria para circular a partir de esta modificación, están: el Documento Nacional de Identidad (DNI), la Licencia Nacional de Conducir, la Cédula Verde, el Comprobante de seguro vigente, la Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV), las chapas patente colocadas visibles y en buen estado, así como el matafuegos con fecha vigente y las balizas triangulares.