El Senado aprobó y convirtió en ley la eliminación de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias que alcanzaba a los sueldos de más de 700 mil pesos. La votación arrojó 38 afirmativos y 27 en contra, y fue celebrada por el oficialismo en el recinto.
El debate se puso en marcha cerca de las 19, luego de que la sesión tratara primero los pliegos de 33 jueces, entre ellos el de Ana María Figueroa, que se votó por separado, y el oficialismo logró aprobar su continuidad tras una votación que finalizó empatada en 35 sufragios a favor y en contra y Claudia Ledesma Abdala desempatara.
La medida de Ganancias, que fue rechazada por JxC, había sido aprobada la semana pasada en Diputados y era impulsada por el ministro de Economía y candidato presidencial, Sergio Massa, en medio de la campaña electoral.
El interbloque del Frente de Todos cuenta con 31 miembros y tuvo la adhesión de los cuatro peronistas disidentes que conforman el bloque Unidad Federal, alineados con el gobernador cordobés, Juan Schiaretti. En Diputados, este bloque votó dividido, ya que Florencio Randazzo rechazó la quita de Ganancias.
La ley que modifica el impuesto a las Ganancias para los trabajadores crea un nuevo impuesto sobre los ingresos a partir del equivalente a 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), que hoy equivale a un monto de $1.980.000 brutos mensuales, con una alícuota progresiva sobre el excedente que va de 27% a 35% y se actualiza con el valor del SMVM dos veces por año.
Los puntos principales del proyecto:
-Crea el nuevo "impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros".
-Quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos, es decir 15 SMVN al mes.
-A partir de 12 SMVN mensuales, se deberá pagar un 27% sobre el excedente.
-Entre más de 12 y 36 salarios mínimos, se pagará el equivalente a 3,2 SMVM más un 29% sobre el excedente.
-Entre más de 36 y 60 salarios mínimos, se pagará 10,20 SMVM más un 31% sobre el excedente.
-Entre más de 60 y 84 salarios mínimos, se pagará 17,64 SMVM más un 33% sobre el excedente.
-Para más de 84 salarios mínimos, se pagará 25,56 SMVM más un 35% sobre el excedente.
-Se deberá considerar al comienzo del periodo fiscal el valor del SMVM vigente al 1 de enero de ese año, el cual se actualizará el 1 de julio de cada año fiscal.
-Las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del SMVM vigente en julio.
-Cuando se trate de empleados en relación de dependencia que trabajen y jubilados y pensionados que vivan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Patagones en la de Buenos Aires, el mínimo no imponible se incrementará en un 22%.