Detuvieron en San Isidro al cabo de Prefectura procesado por el asesinato de Rafael Nahuel

El agente del grupo Albatros, Javier Pintos, fue atrapado el martes a la tarde por orden de la Cámara Federal de General Roca, que lo procesó por “homicidio agravado” y ratificó la prisión preventiva, luego de señalar que "hubo una persecución" de un grupo de mapuches en Villa Mascardi donde falleció Nahuel.

El pasado martes, el cabo de la Prefectura Naval Argentina e integrante del grupo Albatros, Javier Pintos, fue detenido en su casa de San Isidro, luego de que la Cámara Federal de General Roca confirmara la prisión preventiva y su procesamiento por el homicidio agravado del joven mapuche Rafael Nahuel, hecho ocurrido en noviembre de 2017 en Villa Mascardi, a 35 kilómetros de San Carlos de Bariloche.

La detención de Pintos, que desempeñaba sus tareas en San Fernando, se produjo en su domicilio de Villa Adelina, de acuerdo a lo que informó La Nación, y se indició que al mismo tiempo se realizó un allanamiento en la sede del grupo Albatros, en Olivos. Actualmente, se encuentra alojado en una celda de un destacamento de la Policía Federal en San Isidro y será trasladado a una cárcel federal de Capital o provincia de Buenos Aires, que no está definida todavía.

La jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado ejecutó el lunes a última hora la orden de detención "urgente" que le envió su colega de Bariloche, Leónidas Moldes, ese mismo día. Fue como consecuencia de una decisión en el plano superior del Poder Judicial, comunicada el 15 de mayo pasado, cuando la Cámara Federal de General Roca había ratificado la "prisión preventiva" de Pintos.

Además, la Cámara Federal había cambiado la calificación de la imputación contra Pintos, que originalmente había sido procesado por el juez Moldes por "homicidio en exceso de la legítima defensa" ocurrido en un tiroteo durante un operativo el 27 de noviembre de 2017 en el que una partida del grupo táctico de la Prefectura perseguía a Nahuel y a otros dos mapuches en un predio tomado por integrantes de esa comunidad indígena en Villa Mascardi.

Al no identificar específicamente de qué arma había salido la bala que terminó con la vida del joven de 22 años, el juez Moldes procesó tanto a Pintos como a los otros cuatro integrantes del grupo Albatros que estaban con él y dispararon contra los mapuches de la comunidad Lafken Winkul Mapu en la persecución, según declararon ellos, "en respuesta a una agresión ilegítima". Tomó como base un peritaje hecho por la Gendarmería.

Pero la Cámara, integrada por los jueces Marian Lozano, Richard Gallego y Ricardo Barreiro, hicieron lugar en forma parcial a la apelación de los representantes legales de la familia Nahuel, que afirmó que no había habido "agresión ilegítima" de parte de los mapuches, que Rafael estaba desarmado y que había sido alcanzado por la espalda por los tiros del subfusil táctico MP3 del prefecto Pintos. Según palabras de la Cámara Federal de Roca, existió una “persecución” que provocó la muerte de Rafael Nahuel.

Con esa precisión, los camaristas procesaron a Pintos y revocaron los procesamientos de los otros cuatro Albatros (Sergio Cavia, Sergio García, Juan Obregón y Carlos Sosa) y les dictó la falta de mérito, al tiempo que ordenó profundizar la investigación del hecho.