Este jueves se llevó adelante la audiencia de alegatos de las defensas de los seis acusados en el juicio por la muerte de Alejandro Cohn, el hermano de cineasta argentino Mariano Cohn, que falleció en julio del 2015 luego de ser atendido en el hospital de San Isidro. Al debate llegaron nueve médicos imputados por homicidio culposo, pero finalmente serán juzgados seis.
La semana pasada, la fiscalía pidió penas de hasta 5 años de cárcel para los acusados. En la mañana del jueves, las defensas solicitaron la absolución. Al termino de la audiencia, el juez Facundo Ocampo, a cargo del Juzgado Correccional N°4 de San Isidro, estableció la fecha de la sentencia: será el 28 de junio a las 9 de la mañana, aunque se podría adelantar. En el caso de que así sea, se les avisará a las partes con anticipación.
“No esperamos nada nuevo. Lo que esperábamos era que se rompiera el pacto de silencio, cosa que no sucedió en todo el juicio. Hoy va a ser más de lo mismo, la estrategia legal, los ardides, las mentiras, los artilugios, para no hablar de lo que realmente había que hablar: que es por qué le hicieron eso a mi hermano, por qué lo lastimaron así, por qué lo abandonaron, por qué no lo atendieron como diabético”, expresó el cineasta Mariano Cohn a TN, previo a presenciar la última audiencia.
“Lo que vienen diciendo hasta ahora es que mi hermano ya estaba previamente enfermo, con una infección, con neumonía, con cardiopatía, son todas mentiras que están descartadas de la causa, van a seguir insistiendo con eso. Siguen siendo un grupo de médicos, nueve médicos, que mintieron, que encubrieron y que hasta el día de hoy mantienen ese pacto de silencio. Así que, mientras sigan atendiendo, los que fueron absueltos van a tener que seguir atendiendo con careta, porque ya esto se descubrió y la olla se destapó”, continuó.
De los nueve médicos que se sentaron en el banquillo por homicidio culposo y eliminación de pruebas, solo seis se presentaron desde las 9 este jueves para pedir su absolución o “la pena mínima” durante sus alegatos, ya que el juez absolvió a Darío Campos, Marina Voggelin y Maximiliano Ragazzoli porque tanto la fiscalía como la querella decidieron levantar la acusación por falta de pruebas. Todos fueron liberados en relación al delito de sustracción de elementos probatorios.
En ese marco, la última audiencia del juicio por la muerte del hermano menor del célebre cineasta Mariano Cohn comenzó con la exposición de Natalia Medán, defensora pública de Marcelo Toro Solano, el médico que auxilió con la ambulancia a Alejandro en la calle y que recibió un pedido de pena de cinco años de prisión en manos del fiscal Diego Molina Pico y el querellante Juan Carlos Garcia Dietze por considerar que no realizó la “atención primaria” ni los “cuidados básicos” para tratar una descompensación que se agravaría hasta llegar al fallecimiento.
“Mi defendido asistió al llamado, le tomó la presión al paciente, le escuchó los ritmos cardíacos, le hizo de mínima unas 14 preguntas y habló con Alejandro. Entre todas esas preguntas, Alejandro respondió que era diabético”, explicó la abogada, según indicó el periodista Tomás Martino en una nota para Infobae.
Toro Solano es el médico más comprometido en el juicio iniciado el 16 de abril ante el Juzgado en lo Correcional N°4 de San Isidro. Y es que el pedido de cinco años de prisión por homicidio culposo y ocho años de inhabilitación profesional planteado por el fiscal es el más elevado respecto al de sus colegas.
Bajo ese contexto, su defensora expuso que el médico actuó correctamente en función de los signos que presentaba el paciente aquel 27 de julio, cuando Alejandro detuvo su moto en Martínez para vomitar y fue asistido por una madre y una hija que llamaron a la ambulancia. Para la abogada, Toro Solano realizó el abordaje que como profesional debía realizar, encomendó los estudios pertinentes para la evaluación de un diagnóstico y dejó a cargo de la enfermera Valverde el cuidado de Alejandro.
“Las enfermeras son los ojos de los médicos. En la dinámica de una guardia las enfermeras tienen un rol muy importante. Tienen un título habilitante y están capacitadas para estar en esos sectores y ocupares de la evolución de los pacientes. Son ellas quienes realizan gran parte de las tareas en boxes, controlar la presión de los pacientes o colocar una vía para suministrar sueros y o medicamentos indicados por los médicos. Valverde era la encargada de la evolución del paciente. El particular damnificado dijo que era una mentirosa. Y Molina Pico la mandó a investigar por homicidio culposo”, dijo la defensora Medán.
Luego se preguntó: “Valverde en su declaración nos dijo que estuvo 20 minutos con el paciente porque era la que tenía a cargo su evolución. ¿Por qué no llamó a un médico de guardia?”.
En efecto, tanto Valverde como su colega Nancy Flores, ambas presentes al momento del ingreso de Alejandro a la guardia, serán investigadas en una nueva instrucción por pedido de la fiscalía en función de las pruebas producidas durante el debate oral. Durante este juicio intervinieron en calidad de testigos y estuvieron a punto de quedar detenidas por falso testimonio.
El segundo abogado a cargo de alegar fue el defensor de Ana Sánchez, Iván Ponce Martínez, quien también solicitó para su cliente la absolución o la menor pena contemplada para el delito establecido en el artículo 84 del Código Penal. Allí destacó que Alejandro “había quedado al cuidado de la enfermera Valverde”. Sánchez recibió un pedido de pena de tres años de prisión de ejecución condicional y seis de inhabilitación profesional por parte del fiscal. Para los acusadores, la profesional “omitió” atender al paciente durante su tránsito por los boxes de la guardia, donde la imputada estaba asignada esa noche.
En rigor, el fiscal en su alegato expresó que “está probado que Alejandro Cohn –quien era una paciente diabético tipo 1, insulino dependiente- el día 27 de julio de 2015, pasadas las 20:15, se sintió mal, vomitó en la vía pública, por lo que se requirió asistencia al sistema de emergencias. El doctor Marcelo Rodrigo Toro Solano concurrió al lugar a bordo de la ambulancia y, sin brindarle ningún tipo de atención primaria, lo llevó al Hospital de San Isidro, lugar al que llegó a las 21:19″
“Alejandro -precisó Molina Pico el jueves pasado- permaneció en el Box A de la guardia del hospital sin atención médica alguna por parte de los médicos de guardia –doctor Toro Solano y las doctoras Sánchez y Setti- ni asistencia por parte de las enfermeras. La desidia en la atención complicó el cuadro de salud de Alejandro, que lo llevó a descompensarse –pasadas las 21:47-, entrar en shock con deterioro del sensorio y convulsión, por lo que fue llevado al sector de shock room de la guardia”.
Y agregó: “Estando en el shock room de la guardia, no fue debidamente asistido por las médicas que estaban a cargo de ese sector, las doctoras María Soledad Seijo y María Viviana Quiroga, quienes se limitaron a asistirlo con el ambú -una bolsa de auto inflado-, lo que agravó aún más el cuadro de Alejandro, quien entró en paro cardiorrespiratorio. A consecuencia de todo ello, Alejandro sufrió muerte cerebral determinada, finalmente, el 29 de julio de 2015 a las 08:00 hs, siendo la causa de su deceso la encefalopatía hipóxico isquémica”.
En ese marco, la defensora María Inés Salomone, representante de Carla Setti, negó que su clienta tuviera responsabilidad del fallecimiento en tanto “nunca estuvo en contacto” esa noche con Alejandro. Por eso pidió su absolución, tal como hizo el abogado Martín Maschwitz respecto de sus defendidas María Seijo y María Quiroga, quienes al momento de los hechos se encontraban ejerciendo tareas en el shock room, un área de atención crítica donde fue llevado Alejandro tras sufrir un episodio convulsivo en los pasillos de los boxes. Y, si bien durante el debate se confirmó que ambas eran residentes de tercer año, ni para el fiscal ni para la querella ese dato es eximente de culpa y recibieron, así, un pedido de 3 años de prisión –condicional para la fiscalía- y seis de inhabilitación de la matrícula.
“La atención desde el shock room en adelante fue acorde a la lex artis médica”, expresó con énfasis el abogado de las entonces residentes. “Para los acusadores, mis defendidas no hicieron nada y durante este tiempo de inacción se generó la falta de oxigenación en el cerebro… Para ellos la utilización de la máscara ambú es equivalente a no hacer nada. (…) Y el problema central que comparten las hipótesis acusatorias es creer que el ambú es una especie de mascarita que tira un poco de viento, por eso consideran que eso es equivalente a no hacer nada”.
Y refutó: “El ambú, la bolsa de válvula de mascarilla es un dispositivo de ventilación no invasiva y se utiliza hace por lo menos 40 años en la sala de emergencias de todo el mundo. Es un mecanismo de oxigenación del paciente validado por todos los peritos de la causa. (...) Su utilización fue idónea y acorde con la práctica médica”.
El sexto médico imputado es Martín Montagna, quien se desempeñaba como jefe de Guardia y a quien el querellante le pidió tres años y seis meses de prisión y la inhabilitación para el ejercicio de la medicina por siete años por haber “permitido como médico, no como burócrata, que quienes no estaban capacitadas para resolver las cuestiones críticas que se plantean en el área de crisis como es el shock room, hayan estado ahí -en relación con Seijo y Quiroga-”.
Para su defensor, Horacio Semín, la designación de las profesionales al área del shock room “no era de la incumbencia” de su defendido, ya que “-las médicas- se encontraban designadas por personal jerárquico del hospital, superiores a Montagna. Entonces no era él quien definía quiénes estaban en la guardia”. Y precisó: “El particular damnificado nunca explicó por qué evalúa que las profesionales Seijo y Quiroga no estaban preparadas para estar en esa guardia”.
Luego de una ronda de contralegatos y refutaciones, la médica Carla Setti decidió brindar sus últimas palabras, a diferencia del resto de sus colegas. Desde su casa por una condición de salud, y vía zoom, la imputada expresó: “Sólo quiero hacerle llegar mis condolencias a la familia de Alejandro Cohn. Lamento profundamente lo que sucedió y espero que todo este proceso traiga verdad, tranquilidad y paz mental”.
“Yo he sido muy responsable y muy comprometida con mis pacientes, no sólo desde el aspecto médico sino social e integral. No he tenido, en el curso de mi carrera ningún apercibimiento, ninguna sanción, ni de tipo penal ni ético. Tampoco ningún conflicto con algún paciente", afirmó Setti.
Además, aludió a una cuestión de salud personal que se dio a conocer durante el debate del juicio y culminó: "Luego de haber perdido un lóbulo temporal pude terminar un posgrado de dolor y otro de clínica médica. Esta profesión que elegí, la elegí por vocación, porque es lo mejor que sé hacer y porque me apasiona. Por eso quiero pedirles que me permitan poder seguir haciendo mi trabajo por el tiempo que Dios disponga que me quede de vida”.