OSDE debió cumplir un fallo de la justicia de Morón y resarcir a un jubilado por los aumentos en las cuotas

La medida judicial frenaba aumentos en su facturación y ordenaba indemnizar económicamente a un jubilado que había reclamado ante Defensa del Consumidor.

La empresa de medicina prepaga OSDE debió cumplir con lo dispuesto por la Justicia Municipal de Faltas de Morón y resarció económicamente a un jubilado que había iniciado un reclamo ante la Dirección de Defensa de Usuarios y Consumidores municipal, por no poder afrontar los aumentos de la prestadora de servicios de salud.

QUERÉS RECIBIR GRATIS LAS NOTICIAS DE TU BARRIO POR WHATSAPP - Acá dice cómo

El cumplimiento de la penalidad se dio luego de que el Juzgado de Faltas Nº1 de Morón les realizara varias intimaciones para que se ajusten a la sentencia firme que los obligaba a frenar el aumento y realizar la refacturación de acuerdo del Índice de Variación Salarial. La prepaga, además, debió pagar una multa al Estado local.

El caso se inició a comienzos de este año cuando un vecino de Morón presentó un reclamo en la Dirección de Defensa de Usuarios y Consumidores municipal ante los aumentos desmedidos de su prepaga de salud. El 27 de febrero la Justicia Municipal de Faltas de Morón dictó una medida preventiva que frenaba el cobro de las facturas de la empresa de salud. Finalmente, el 30 de julio se dictó el fallo definitivo para evitar la imposición de aumentos arbitrarios y desmedidos de un servicio vital para la salud de las personas.

Con la sentencia firme, la empresa Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) estuvo obligada a cumplir con el fallo que lleva la firma del Juez a cargo del Juzgado de Faltas Nº1, Dr. Enrique Louteiro, y le ordena garantizar el servicio a una persona adulta mayor.

Al mismo tiempo, el fallo establece que se deje sin efecto los incrementos anunciados por la empresa para enero, febrero, marzo y meses subsiguientes. De esta manera, la facturación deberá quedar fijada mensualmente de acuerdo a la Variación de un Índice Salarial denominado RIPTE.

La medida se dictó en función del art. 4 de la Ley de Medicina Prepaga, la Ley Nacional de Defensa del Consumidor 24.240 y las previsiones de Ley 13.133 (Código Provincial de Usuarios y Consumidores) ante una presentación realizada ante la Dirección de Defensa de Usuarios y Consumidores del Municipio de Morón.

En caso de necesitar asesoramiento, los vecinos de Morón se pueden comunicar a la Dirección de Defensa del Usuario y el Consumidor por correo a [email protected], al teléfono 60788046 y por WhatsApp al 1131565691.