PASO 2023: guía con todo lo que hay que saber para ir a votar

¿Qué son las PASO? ¿Quiénes votan? ¿Dónde voto? ¿Cómo se vota? ¿Cómo se corta boleta? ¿Dónde se vota? ¿Con qué documento hay que votar en las PASO? ¿Qué grupos están exentos de votar en las PASO?¿Qué pasa si no voto en las PASO?

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Este domingo 13 de agosto se llevarán adelante las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), donde los ciudadanos concurren a las urnas para elegir a quienes participarán de las elecciones generales. Lugares de votación, documentación requerida, entre otras cosas a tener en cuenta para el normal desarrollo de los comicios.

En las PASO se vota para definir qué candidatos disputarán las elecciones el 22 de octubre en la cual se elegirán en la provincia de Buenos Aires presidente, gobernador, intendentes, integrantes de los poderes legislativos nacional y provincial, como así también de los concejos deliberante y los consejos escolares.

¿Qué son las PASO?

PASO es la abreviatura de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias.

  • Primarias: porque es la primera etapa de la elección. Cada frente político puede tener distintos aspirantes a un mismo cargo. Reemplazan a las antiguas elecciones internas. Los ciudadanos definen mediante su voto cuál de todos esos aspirantes será el candidato en la elección General. La segunda etapa de la elección es la llamada General en la que se determina quién, entre los destinitos partidos, será el que ocupe el cargo.
  • Abiertas: porque todos los ciudadanos participan y definen quienes son los candidatos de cada frente político, sin tener en cuenta si están afiliados o no a un partido político.
  • Simultáneas: porque son el mismo día para todos los partidos, en toda la provincia, y los cargos nacionales en todo el país.
  • Obligatorias: todos los ciudadanos tenemos la obligación de votar.

¿Qué se vota?

Estas elecciones en la provincia de Buenos Aires se votarán candidatos a presidente, gobernador, intendentes de los 135 municipios y representantes que renovarán bancas en los legislativos nacionales, provinciales y municipales.

Al ser PASO, se votarán precandidatos que buscarán lograr primero superar el piso de votos para estar en las elecciones generales (1,5%) y luego, si en el frente hay internas (mas de una lista en el mismo frente), al representante final que disputará las elecciones en octubre próximo.

¿Quiénes votan?

Pueden votar todos los mayores de 16 años que se encuentren en el padrón electoral (CONSULTAR PADRÓN). Para los mayores de 18 hasta los 70 el voto es obligatorio. En el caso de las personas que tengan entre 16 y 18, como así también las mayores de 70, el voto no es obligatorio, por lo que no recibirán sanciones o multas por no hacerlo.

Para el primer votante: ¿Cómo se vota?

El primer paso es consultar el padrón electoral (ver "¿Dónde se vota?"). El día de la elección (13 de agosto), entre las 8 de la mañana y las 6 de la tarde, se deberá asistir a la dirección que se informa y presentarse en la mesa asignada.

Allí se deberá presentar el DNI a las autoridades de mesa, quienes entregarán un sobre abierto, vacío y firmado por el presidente de mesa. Ya en el cuarto oscuro se podrá elegir entre las boletas de los distintos partidos.

Una vez seleccionados los candidatos, se deberá cerrar el sobre y después introducirlo en la urna. Luego se deberá firmar el padrón para certificar que se votó. La autoridad de mesa deberá entregar una constancia del voto y devolver el DNI.

¿Se puede votar a más de una agrupación política en las PASO?

Sí, siempre que sea para distintos cargos. Por ejemplo: se puede votar a un precandidato a presidente de un partido político y para gobernador al de otro. Esto se hace cortando boleta.

¿Cómo se corta boleta?

Cada boleta sábana tendrá en la provincia de Buenos Aires un total de ocho cuerpos: Presidente y vice; Parlasur nacional; senadores nacional; diputados nacionales; Parlasur regional; gobernador; senadores/diputados provinciales; e intendente, concejales y consejeros escolares. Hay que tener en cuenta que para que el voto sea válido hay que poner un sólo candidato elegido por categoría, ya que si se coloca en un sobre dos listas de una misma categoría el voto será impugnado y considerado nulo por la Justicia Electoral.

¿Qué tipos de voto existen?

Existen cuatro categorías de voto:

-Los votos válidos, que a su vez se dividen en dos: los votos afirmativos (cuando se elige a cualquiera de las listas o sus posibles combinaciones), y los votos en blanco (se deja el sobre vacío o se le ingresa un papel de cualquier color sin inscripciones ni imágenes). El voto en blanco puede ser en todas las categorías o en una sola. Si, por ejemplo, se pone una boleta que no tiene candidato a presidente sólo esa categoría está en blanco, y se toma como afirmativo en el resto de las categorías.

La Cámara Nacional Electoral (CNE) considera que el voto en blanco es válido ya que “representa una manifestación de la voluntad del elector de abstenerse de elegir entre las diversas propuestas formuladas”.

-Los votos nulos se consignan cuando se utilizan boletas no oficializadas o si, junto a la boleta oficial, se introdujeron objetos extraños, o cuando se insertan boletas de distintas agrupaciones para un mismo cargo, entre otros casos.

-Los recurridos son los votos cuya validez o nulidad fue cuestionada por alguno de los fiscales partidarios. Si en los días posteriores la Justicia electoral considera que son válidos, se los incorpora al escrutinio definitivo.

-Los votos impugnados son aquellos en que las autoridades de mesa consideran que el votante no es el titular del DNI que presenta. Estos votos no forman parte del escrutinio hasta que la Justicia electoral determine su validez.

¿Dónde se vota?

Desde la Cámara Nacional Electoral (CNE) manifestaron que “es sumamente importante realizar las consultas pertinentes para constatar posibles cambios que se hayan llevado a cabo por las autoridades”.

La consulta para conocer la información sobre dónde se vota se realizará de manera online, mediante la página web Padron.gob.ar (INGRESAR ACÁ). Allí, se deberá ingresar el número de DNI, indicando el género que se encuentra en el documento y el distrito donde se sufraga.

Es importante, para agilizar el proceso, llegar a la escuela conociendo el número de mesa y el número de orden, y esto último se lo indiques a la autoridad de mesa que te reciba el documento, así encontrarán tu nombre en el listado rápidamente.

¿Con qué documento hay que votar en las PASO?

Se puede votar con cualquiera de los siguientes documentos, siempre que sea el último ejemplar emitido.

  • Libreta de enrolamiento.
  • Libreta cívica.
  • DNI libreta verde.
  • Tarjeta del DNI libreta celeste.
  • Nuevo DNI tarjeta.

No se aceptará el DNI digital de la aplicación Mi Argentina.

¿Qué grupos están exentos de votar en las PASO?

El voto es obligatorio para todo ciudadano entre los 18 y 70 años. Para los menores de 16 (empadronados) y mayores de 70, el voto es voluntario.

Los únicos electores que no están obligados a votar, son:

  • Los jueces y sus auxiliares que el día de la elección estén afectados a los comicios.
  • Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 km de distancia del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables.
  • El personal de organismos o empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir a los comicios durante su desarrollo.
  • Quienes tengan una justificación por motivos de salud. Estos deberán presentar un certificado médico ante la Secretaría Electoral para justificar la ausencia. Tiene 60 días a partir de la elección.

¿Qué pasa si no voto en las PASO?

Si no se va a votar a las PASO, se ingresa a un registro de infractores y se aplica una multa, salvo que la inasistencia sea justificada ante la justicia nacional electoral. El procedimiento para justificar esa inasistencia deberá hacerse mediante un trámite online, adjuntando la documentación correspondiente (INGRESAR ACÁ).

Si no se vota en las PASO ¿se puede votar en las elecciones generales?

Sí. Si no se votó, hay que justificar la inasistencia dentro de los 60 días desde la elección ante la Secretaría electoral.