¿Qué comercios de cercanía no se habilitarán en zona norte por decisión de la Provincia?

El gobierno provincial definió una lista de locales que no podrán abrir en la zona del Área Metropolitana de Buenos Aires a la que pertenece la región, como así tampoco en aglomerados de más del 500.000 habitantes.

Comercios Cuarentena Coronavirus 3

Desde hace ya varios días, distintos intendentes de la región comenzaron el envío de protocolos a la Provincia para solicitar la autorización de la apertura de comercios de cercanía en los distritos. Sin embargo, en la tarde de este lunes, desde el gobierno bonaerense emitieron una serie de restricciones para el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y definió una serie de locales que aún no podrán abrir sus puertas al público.

Desde el gobierno provincial sostuvieron que "se analizará la excepción al aislamiento social, preventivo y obligatorio para la mayoría de las actividades comerciales de cercanía" pero que "de modo de evitar aglomeraciones poblacionales en centros
comerciales a cielo abierto o calles céntricas, y dada la alta capacidad de contagio de algunos servicios personales por la cercanía entre quien presta el servicio y el usuario", algunas de ellas no serán exceptuadas en esta región.

Las actividades que finalmente no podrán abrir sus puertas, pese al pedido de algunos jefes comunales, son:

• Servicios de alojamiento
• Servicios de peluquería y estética
• Venta minorista de productos textiles; prendas y accesorios de vestir; calzado; juguetes; artículos de esparcimiento y deportes: solo venta telefónica o por canales electrónicos, con entrega a domicilio.
• Servicios de comidas y bebidas: solo entrega a domicilio o retiro en el local.

Además, desde la provincia destacaron que "se encuentran absolutamente prohibidas en todo el territorio nacional" las siguientes actividades, de acuerdo con el DNU de orden público 459/2020:

• Dictado de clases presenciales de todo tipo y especie.
• Eventos públicos y privados de todo tipo y especie.
• Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público que implique la concurrencia de personas.
• Transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional.
• Actividades turísticas y apertura de parques, plazas o similares.