El Banco Central implementó un nuevo cargo a las compra de dolar ahorro y los gastos de moneda extranjera que se realicen con tarjeta de crédito. Esta nueva percepción será del 35% en concepto de pagos a cuenta de los tributos sobre los Bienes Personales y Ganancias.
Pero en el caso de monotributistas, trabajadores en relación de dependencia y jubilados que realicen compras en moneda extranjera, podrán solicitar el reintegro de la percepción del 35%. “Los sujetos a quienes se les hubieran practicado las percepciones establecidas en la presente, que no sean contribuyentes del impuesto a las ganancias o, en su caso, del impuesto sobre los bienes personales, y que, consecuentemente, se encuentren imposibilitados de computar las aludidas percepciones, podrán solicitar la devolución del gravamen percibido una vez finalizado el año calendario en el cual se efectuó la percepción, en la forma y condiciones que se detallan en el presente Título”, explica el boletín oficial.
El documento oficial explica que con carácter previo a efectuar la solicitud de devolución, se deberá contar con:
- Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), obtenida en los términos de la Resolución General N° 10, sus modificatorias y complementarias.
- Contar con “Clave Fiscal”, obtenida de acuerdo con lo establecido en la Resolución General N° 3.713.
- Informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta bancaria, de conformidad con lo previsto en la Resolución General N° 2.675, su modificatoria y complementaria.
La solicitud de devolución deberá efectuarse de acuerdo con los términos y condiciones detallados en el micrositio que se habilitará en el sitio web de este Organismo (INGRESAR ACÁ).
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De aprobarse la solicitud, el monto a devolver será transferido la cuenta bancaria informada ante la AFIP. Caso contrario a la persona se le informará el monto y los motivos del rechazo.