¿Quiénes y cómo se podrá solicitar la devolución del 35% en la compra de dolares?

A partir de este miércoles 16 de septiembre, con la compra de dolar ahorro se realizará un cargo de 35% en concepto de anticipo de impuestos a las ganancias.

Afip 333


El Banco Central implementó un nuevo cargo a las compra de dolar ahorro y los gastos de moneda extranjera que se realicen con tarjeta de crédito. Esta nueva percepción será del 35% en concepto de pagos a cuenta de los tributos sobre los Bienes Personales y Ganancias.

Pero en el caso de monotributistas, trabajadores en relación de dependencia y jubilados que realicen compras en moneda extranjera, podrán solicitar el reintegro de la percepción del 35%. “Los sujetos a quienes se les hubieran practicado las percepciones establecidas en la presente, que no sean contribuyentes del impuesto a las ganancias o, en su caso, del impuesto sobre los bienes personales, y que, consecuentemente, se encuentren imposibilitados de computar las aludidas percepciones, podrán solicitar la devolución del gravamen percibido una vez finalizado el año calendario en el cual se efectuó la percepción, en la forma y condiciones que se detallan en el presente Título”, explica el boletín oficial.

El documento oficial explica que con carácter previo a efectuar la solicitud de devolución, se deberá contar con:

  • Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), obtenida en los términos de la Resolución General N° 10, sus modificatorias y complementarias.
  • Contar con “Clave Fiscal”, obtenida de acuerdo con lo establecido en la Resolución General N° 3.713.
  • Informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta bancaria, de conformidad con lo previsto en la Resolución General N° 2.675, su modificatoria y complementaria.
     

La solicitud de devolución deberá efectuarse de acuerdo con los términos y condiciones detallados en el micrositio que se habilitará en el sitio web de este Organismo (INGRESAR ACÁ).

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De aprobarse la solicitud, el monto a devolver será transferido la cuenta bancaria informada ante la AFIP. Caso contrario a la persona se le informará el monto y los motivos del rechazo.