El Tribunal de Cuentas bonaerense cuestionó dos decisiones de Jorge Macri

Mediante un comunicado, concejales de la oposición dieron a conocer dos dictámenes del Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, que señalan “irregularidades incurridas por el Intendente Municipal”.

Los concejales Meneca Djedjeian (NACER), Claudia Ávalos Uñates (GEN), Sofia Vannelli y Germán Maldonado (Frente Renovador) emitieron un comunicado para dar conocimiento de dos dictámenes emitidos por el Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires ante acciones realizadas por el Intendente de Vicente López.

En el primero de los casos, Jorge Macri asignó, mediante un decreto firmado el 7 de octubre, la competencia en materia de Defensa del Consumidor a uno de los tres juzgados que integran el Tribunal Municipal de Faltas. De acuerdo al comunicado, esta decisión “hace dudar de la imparcialidad que dicho órgano debe tener a la hora de defender los derechos de los consumidores y avasalla las facultades del Concejo Deliberante”.

En este punto, y tras la consulta de los concejales al Tribunal bonaerense, el órgano se expidió considerando que “el Intendente (para intentar la modificación de una Ordenanza) debería presentar un proyecto de Ordenanza para ser tratado en el Concejo Deliberante y, de ser aprobado, lograr así la pretendida modificación”. Por otra parte, añadió que el Decreto “no explica porque se le asigna competencia específica sobre los Derechos de los Consumidores y Usuarios al Juzgado de Faltas Nº 1”.

Por otro lado, el Intendente suscribió un convenio que establece la permuta entre dos inmuebles: uno perteneciente al municipio, de un valor de aproximadamente $11 millones, y el otro a la empresa BLA S.A., cuya suma estimada asciende a $4.054.000. Según denuncian desde la oposición, este convenio “encubría una venta, no respeta el procedimiento de licitación pública, sin razón que lo justificara, y genera el desprendimiento de un predio de gran valor del Municipio”.

En este caso, el Tribunal dispuso: “Consideramos que debiera darse cabal cumplimiento al procedimiento establecido por los artículos 158 y 159 del Decreto-Ley 6769/58, es decir que el bien municipal mencionado debiera ser enajenado por remate o licitación pública” por “tratarse de un contrato de compraventa conforme a lo dispuesto por el Art. 1123 del Código Civil y Comercial de la Nación”. Además, señaló que “no se advierte la existencia de ninguna de las excepciones previstas en el artículo 159 de la Ley Orgánica de Municipalidades, que permita apartarse del procedimiento previsto por dicho cuerpo legal”.

“Si buscamos fortalecer las instituciones democráticas debemos respetarlas, evitando la contradicción entre el discurso y la acción. Ambas acciones que observásemos y a las que nos opusimos en nuestra labor parlamentaria, pueden llevar consecuencias económicas para el municipio que tendremos que afrontar todos los vecinos. Por ello exigimos que el Sr. Intendente Jorge Macri revierta su decisión y cumpla con la legalidad”, finaliza el comunicado.

Fuente: Prensa Concejal Meneca Djedjeian