La jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado dispuso que el estacionamiento del shopping Unicenter, ubicado en la localidad de Martínez, sea utilizado para estacionar a los vehículos retenidos por violar el aislamiento obligatorio por el coronavirus. Pero Cencosud, empresa que administra el centro comercial reaccionó denunciando que la resolución viola la Constitución Nacional, que consagra que “ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”.
Según informó Tiempo Argentino, el 1° de abril pasado, la jueza le ordenó a la empresa propietaria del complejo comercial, que debía poner “a disposición de las fuerzas de seguridad federales, como también de las distintas comisarías que se encuentra en el asiento de la jurisdicción a mi cargo (partidos de San Fernando, San Isidro, Vicente López y Tigre) el estacionamiento de ese centro comercial como lugar de guarda de los vehículos que eventualmente se encuentran ante la violación del referido aislamiento social, preventivo y obligatorio”.
En el punto cuarto de una extensa resolución, Arroyo Salgado resolvió “arbitrar los medios para contactar a los responsables del Unicenter Shopping -sito en la calle Paraná 3745 de Martínez- para que pongan a disposición de las fuerzas de seguridad federales, como también de las distintas comisarías que se encuentran en el asiento de jurisdicción del Juzgado Federal el estacionamiento de ese centro comercial como lugar de guarda de los vehículos”.
En cumplimiento de esa decisión, un empleado del Municipio y un funcionario del Juzgado informaron telefónicamente a Cencosud el 3 de abril que debía ceder el estacionamiento desde el cual se accede al supermercado Jumbo, emplazado en el complejo, “para guardar los vehículos que se secuestren ante la violación del aislamiento”.
La empresa, representada por su apoderado, el abogado Ángel Javier Luzzi, replicó que la decisión de Arroyo Salgado “pone en riesgo todos los esfuerzos que Cencosud ha tomado a los efectos de minimizar algunos de los efectos que esta crisis provoca”.
“El Juzgado Federal dispuso una medida excesiva, que vulnera derechos de raigambre y protección constitucional de mi mandante y también los de la población en general y de los habitantes del Partido de San Isidro en especial, que excede por completo las atribuciones y facultades conferidas a los magistrados, aún en una situación de emergencia como la declarada en el país a raíz de la Pandemia”.
De acuerdo a lo manifestado por la empresa, la decisión de la jueza de San Isidro “no expone los fundamentos legales en los que se basa dicha decisión. No se hace referencia a norma alguna en la que el Juzgado Federal base su orden de exigir a un particular que ponga a disposición del Estado Nacional su propiedad. Mal podría hacerlo, porque dicha norma, no existe”.
“La Resolución resulta entonces violatoria del artículo 19 de la CN, que consagra el principio constitucional de legalidad al disponer que ‘ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe’. Implica imponer al Shopping una carga no prevista por ley, obligándolo a entregar el uso de su propiedad al Estado Nacional”, cerraron desde la empresa.